Personaliza todos los parámetros de tu poder para un presupuesto exacto.
Personas que firman el poder.
Personas que reciben el poder.
El precio de un poder notarial está fijado por la legislación estatal y depende principalmente de la tipología del documento, la extensión de las facultades conferidas (número de folios de la matriz) y las copias autorizadas requeridas. A diferencia de las escrituras de compraventa o herencia, los poderes son documentos sin cuantía económica fija que devengan un derecho arancelario base regulado en el Número 1 del Arancel de los Notarios.
| Tipo de Poder Notarial | Finalidad Habitual | Precio Medio (IVA incl.) |
|---|---|---|
| Poder para Pleitos | Representación procesal ante tribunales a favor de procuradores y abogados. | ~35 € – 55 € |
| Poder Especial | Para actos concretos: vender piso, aceptar herencia, transferir coche o cobrar cheques. | ~45 € – 70 € |
| Poder General (Ruina) | Facultades amplias de administración, cobro, compraventa y disposición sobre todo el patrimonio. | ~60 € – 95 € |
| Poder Preventivo | Designación de representante patrimonial y personal para el caso de incapacidad sobrevenida. | ~50 € – 75 € |
| Poder Mercantil de Empresa | Apoderamiento de administradores, directores generales o apoderados bancarios de sociedades. | ~75 € – 120 € |
| Revocación de Poder | Extinción formal de las facultades conferidas previamente a un apoderado. | ~35 € – 60 € |
Nuestra calculadora aplica con exactitud matemática el algoritmo arancelario oficial establecido por el Real Decreto 1426/1989. Cuando otorgas un poder en cualquier notaría de España, el coste total desglosado se calcula sumando:
Particular otorga representación procesal a procurador y abogado para un juicio civil ordinario.
Propietario residente en el extranjero faculta a un familiar para firmar la compraventa de su vivienda.
Sociedad Limitada otorga amplias facultades de administración y operaciones bancarias a director general.
Para otorgar un poder válido ante notario únicamente se exige cumplir con los siguientes requisitos documentales:
Los poderes notariales son trámites muy ágiles. La redacción de la minuta suele requerir entre 24 y 48 horas, y la firma ante el notario apenas toma entre 10 y 15 minutos, entregándose la copia autorizada en el mismo día o al día siguiente hábil.
Sí. Gracias a la red telemática del Consejo General del Notariado (SIGNO), el notario donde firmas puede remitir instantáneamente una copia electrónica autorizada a cualquier otra notaría de España para que el apoderado disponga de ella de inmediato.
Por regla general, los poderes no tienen plazo de caducidad automático salvo que se haya fijado un término expreso en la escritura, fallezca el poderdante o se otorgue una escritura formal de revocación de poder ante notario.
Si el poder otorgado en España va a ser utilizado en un país extranjero firmante del Convenio de La Haya de 1961, el Colegio Notarial o el propio notario legaliza el documento con la Apostilla para certificar la autenticidad de la firma y sello notarial.
Nota informativa: Los cálculos y contenidos de esta herramienta tienen carácter orientativo e informativo. La liquidación y factura final es emitida exclusivamente por la notaría elegida según el documento otorgado.